La CVC en diversas ocasiones ha sido demandada ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa mediante el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho o ante la Jurisdicción Ordinaria Laboral mediante un proceso ordinario laboral, en busca de la declaración de la existencia de un contrato laboral entre el demandante y la CVC, debido a que presuntamente consideran que la entidad utilizó distintas figuras jurídicas para camuflar o mimetizar la existencia de un contrato de trabajo y además, por cumplir con los requisitos que trata el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, a saber: (i) El servicio debe ser prestado personalmente por el mismo trabajador (prestación personal del servicio); (ii) En la ejecución del servicio debe presentarse una continuada subordinación del trabajador frente al empleador y; (iii) Recibir una remuneración por la prestación personal del servicio.
6.5%
A favor de la CVC0%
En contra de la CVC6.5%
De los casos tienen como hecho generador la existencia de un contrato realidad.
SENTENCIAS
- DemandanteDemandadoRadicado
- DemandanteDemandadoRadicado